Derecho a la Información en México
El derecho a la información es un derecho fundamental reconocido al final del artículo 6º de la Constitución Mexicana desde 1977: "El Derecho a la Información será garantizado por el Estado". Es la garantía fundamental que tiene toda persona para obtener información (noticias, datos, hechos, opiniones e ideas), informar y ser informada, de forma compatible con otros derechos humanos, engloba tanto libertades individuales (libertades de pensamiento, expresión e imprenta) como otras de carácter social (el derecho de los lectores, escuchas o espectadores a recibir información objetiva, oportuna y el acceso a la documentación pública).
El IFAI tiene facultades para vigilar su cumplimiento y resolver sobre negativas de acceso a la información únicamente respecto a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (A.P.F.), incluidas la Presidencia y la Procuraduría General de la República. pero
El derecho a la información tiene como finalidad proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad federal.
Con el fin de que este derecho se cumpliera en su totalidad, el 11 de junio del 2002 fue dada a conocer por el presidente Vicente Fox Quesada la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental obliga a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como a los organismos constitucionales autónomos (IFE, CNDH, Banco de México).
Conforme a la misma Ley, tanto los Poderes Legislativo y Judicial, como los organismos constitucionales autónomos, deben expedir sus propios reglamentos para garantizar la exacta observancia y aplicación de las disposiciones.
Las libertades de expresión y de información, en un principio, se presentaron como
el derecho al libre pensamiento y a la libertad de expresión. En una primera fase del
constitucionalismo liberal, estas libertades fueron entendidas de manera conjunta, en forma
de derechos subjetivos públicos frente al Estado como libertad de expresión y libertad de
prensa.
Actualmente el derecho a la información es un tema polémico de gran importancia para el ser humano y especialmente para las sociedades latinoamericanas. Es un tema complejo multicultural y plural, pero no así, ilimitado, laxo o sin demarcaciones.
De acuerdo con los especialistas en el tema, se han validado nuevas figuras jurídicas vinculadas a las libertades de información y expresión en instrumentos del derecho susceptibles de contribuir a materializar el objeto de las libertades informativas. Existe una noción integradora del derecho a la información en cuyo significado convergen los distintos derechos y libertades que dan sentido a la acción informativa. Por un lado se incluyen las propias libertades de expresión e información y por otro se encuentran el derecho de Habeas Data o autodeterminación informativa, el secreto profesional, la cláusula de conciencia de los periodistas, el derecho de réplica, el derecho de autor del trabajo periodístico y el derecho de acceso a la información pública, éste último entendido como el derecho a la información en su sentido estricto, principio común y prioritario en un estado democrático.
Concluimos que no sirve de mucho que México tenga el derecho a la información, porque las autoridades encargadas de esto solo nos proporcionaran la información que les conviene sin permitir el acceso real de los movimientos del gobierno, además cuando se pide acceso a estas informaciones, influye de qué índole sean para que te proporcionen información, (no es lo mismo preguntar sobre asuntos de materia prima en México a cuestionar sobre la economía del país), por lo tanto no hay dicha transparencia.
Bibliografía:
Integrantes:
Chicuéllar Gutiérrez Lizbeth